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Código Civil y Comercial Argentino

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 654

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 655

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 652

Art. 652 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 652 La demanda por obligación de rendir cuentas tramitará por juicio sumario, a menos que integrase otra CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 653

Art. 653 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 653 Se aplicará el procedimiento de los incidentes siempre que: 1 Exista condena judicial a rendir cuent CPCCN Nacional

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Art. 650 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 650 Toda petición de aumento, disminución, cesación o coparticipación en los alimentos, se sustanciará p CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 651

Art. 651 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 651 La demanda por litisexpensas se sustanciará de acuerdo con las normas de este título._x000D_
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TÍTULO IV: CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 649

Art. 649 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 649 Cuando se tratase de alimentos fijados a favor de UNO (1) de los cónyuges durante la sustanciación d CPCCN Nacional

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