Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 507
Art. 507 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 507 Las excepciones deberán fundarse en hechos posteriores a la sentencia o laudo. Se probarán por las c CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 507
Art. 507 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 507 Las excepciones deberán fundarse en hechos posteriores a la sentencia o laudo. Se probarán por las c CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 505
Art. 505 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 505 Trabado el embargo se citará al deudor para la venta de los bienes embargados. Las excepciones deber CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 506
Art. 506 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 506 Sólo se considerarán legítimas las siguientes excepciones: 1 Falsedad de la ejecutoria._x000D_
_x000D_
2 Prescri CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 504
Art. 504 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 504 Expresada la conformidad por el deudor, o transcurrido el plazo sin que se hubiese contestado el tra CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 502
Art. 502 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 502 Si la sentencia contuviere condena al pago de cantidad líquida y determinada o hubiese liquidación a CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 503
Art. 503 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 503 Cuando la sentencia condenare al pago de cantidad ilíquida y el vencedor no hubiese presentado la li CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 500
Art. 500 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 500 Las disposiciones de este título serán asimismo aplicables:_x000D_
_x000D_
1. A la ejecución de transacciones o CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 501
Art. 501 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 501 Será juez competente para la ejecución: El que pronunció la sentencia._x000D_
_x000D_
El de otra competencia ter CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 499
Art. 499 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 499 Consentida o ejecutoriada la sentencia de UN (1) tribunal judicial o arbitral y vencido el plazo fij CPCCN Nacional