Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 272
Art. 272 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 272 Concluído el acuerdo, será redactado en el libro correspondiente suscripto por los jueces del tribun CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 272
Art. 272 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 272 Concluído el acuerdo, será redactado en el libro correspondiente suscripto por los jueces del tribun CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 273
Art. 273 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 273 Las providencias simples serán dictadas por el presidente. Si se pidiere revocatoria, decidirá el tr CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 271
Art. 271 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 271 El acuerdo se realizará con la presencia de todos los miembros del tribunal y del secretario. La vot CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 269
Art. 269 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 269 La secretaría llevará UN (1) libro que podrá ser examinado por las partes, sus mandatarios o abogado CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 270
Art. 270 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 270 Los miembros de la Cámara se instruirán cada uno personalmente de los expedientes antes de celebrar CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 267
Art. 267 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 267 Si el apelado no contestase el escrito de expresión de agravios dentro del plazo fijado en el artícu CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 268
Art. 268 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 268 Con la expresión de agravios y su contestación, o vencido el plazo para la representación de ésta y, CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 266
Art. 266 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 266 Si el apelante no expresare agravios dentro del plazo o no lo hiciere en la forma prescripta en el a CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 265
Art. 265 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 265 El escrito de expresión de agravios deberá contener la crítica concreta y razonada de las partes del CPCCN Nacional