Porción Legítima arts. 2444 a 2461
TITULO X Porción legítima ARTICULO 2444.- Legitimarios. Tienen una porción legítima de la que no pueden ser privados por testamento ni por actos de disposición entre vivos a título gratuito, los descendientes, los ascendientes y el cónyuge. ARTICULO 2445.- Porciones legítimas. La porción legítima de los descendientes es de dos tercios, la de los ascendientes […]