Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 91
Art. 91 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 91 En el caso del inciso 1. del artículo anterior, la actuación del interviniente será accesoria y subo CPCCN Nacional
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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 89
Art. 89 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 89 Cuando la sentencia no pudiere pronunciarse útilmente más que con relación a varias partes, éstas ha CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 90
Art. 90 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 90 Podrá intervenir en un juicio pendiente en calidad de parte, cualquiera fuere la etapa o la instanci CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 87
Art. 87 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 87 Antes de la notificación de la demanda el actor podrá acumular todas las acciones que tuviere contra CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 88
Art. 88 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 88 Podrán varias partes demandar o ser demandadas en un mismo proceso cuando las acciones sean conexas CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 84
Art. 84 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 84 El que obtuviere el beneficio estará exento, total o parcialmente, del pago de las costas o gastos j CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 85
Art. 85 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 85 La representación y defensa del beneficiario será asumida por el defensor oficial, salvo si aquél de CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 86
Art. 86 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 86 A pedido del interesado, el beneficio podrá hacerse extensivo para litigar contra otra persona en el CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 83
Art. 83 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 83 Hasta que se dicte resolución la solicitud y presentaciones de ambas partes estarán exentas del pago CPCCN Nacional