Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 676
Art. 676 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 676 La demanda por revisión de cosas comunes se sustanciará y resolverá por el procedimiento del juicio CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 676
Art. 676 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 676 La demanda por revisión de cosas comunes se sustanciará y resolverá por el procedimiento del juicio CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 677
Art. 677 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 677 Ejecutoriada la sentencia, se citará a las partes a UNA (1) audiencia para el nombramiento de UN (1) CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 674
Art. 674 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 674 La acción de deslinde tramitará por las normas establecidas para el juicio sumario._x000D_
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Si el o los d CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 675
Art. 675 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 675 La ejecución de la sentencia que declare procedente el deslinde se llevará a cabo de conformidad con CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 672
Art. 672 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 672 Cuando las observaciones u oposiciones se fundaren en cuestiones meramente técnicas, se dará traslad CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 673
Art. 673 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 673 La escritura pública en que las partes hubiesen efectuado el deslinde deberá presentarse al juez, co CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 671
Art. 671 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 671 Cuando la oficina topográfica no observare la mensura y no existiere oposición de linderos, el juez CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 669
Art. 669 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 669 Terminada la mensura, el perito deberá: 1 Labrar acta en la que expresará los detalles de la operaci CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 670
Art. 670 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 670 La oficina topográfica podrá solicitar al juez el expediente con el título de propiedad. Dentro de l CPCCN Nacional