Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 615
Art. 615 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 615 La demanda se dirigirá contra el autor denunciado, sus sucesores, copartícipes o beneficiarios del d CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 615
Art. 615 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 615 La demanda se dirigirá contra el autor denunciado, sus sucesores, copartícipes o beneficiarios del d CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 614
Art. 614 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 614 Para que proceda el interdicto de recobrar se requerirá:_x000D_
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1. Que quien lo intente, o su causante, CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 612
Art. 612 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 612 La prueba sólo podrá versar sobre el hecho de la posesión o tenencia invocada por el actor, la verda CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 613
Art. 613 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 613 Si la perturbación fuere inminente, el juez podrá disponer la medida de no innovar, bajo apercibimie CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 610
Art. 610 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 610 Para que proceda el interdicto de retener se requerirá:_x000D_
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1. Que quien lo intentare se encuentre en CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 611
Art. 611 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 611 La demanda se dirigirá contra quien el actor denunciare que lo perturba en la posesión o tenencia, s CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 609
Art. 609 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 609 Presentada la demanda, podrá decretarse la anotación de litis en el registro de la propiedad, si los CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 608
Art. 608 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 608 Promovido el interdicto, el juez examinará el título y requerirá informe sobre las condiciones de do CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 607
Art. 607 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 607 Para que proceda el interdicto de adquirir se requerirá:_x000D_
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1. Que quien lo intente presente título CPCCN Nacional