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Código Civil y Comercial Argentino

Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 603

Art. 603 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 603 Sólo serán admisibles las excepciones previstas en los incisos 1, 2, 3, 4 y 9 del artículo 544 y en CPCCN Nacional

Código Civil y Comercial Argentino

Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 600

Art. 600 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 600 En la ejecución de prenda con registro sólo procederán las excepciones enumeradas en los incisos 1, CPCCN Nacional

Código Civil y Comercial Argentino

Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 601

Art. 601 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 601 En la ejecución de la prenda civil sólo serán oponibles las excepciones que se mencionan en el artíc CPCCN Nacional

Código Civil y Comercial Argentino

Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 602

Art. 602 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 602 Procederá la ejecución comercial para el cobro de:_x000D_
_x000D_
1. Fletes de los transportes marítimos, terres CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 598

Art. 598 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 598 Dictada la sentencia de trance y remate se procederá de la siguiente forma:_x000D_
_x000D_
I. El juez ordenará v CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 599

Art. 599 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 599 Si del informe o de la denuncia a que se refiere el artículo anterior, resultare que el deudor trans CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 597

Art. 597 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 597 Además de las excepciones procesales autorizadas por los incisos 1, 2, 3, 4 y 9 del artículo 544 y e CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 595

Art. 595 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 595 Los títulos que autorizan las ejecuciones especiales sólo serán aquellos que se mencionan expresamen CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 596

Art. 596 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 596 En las ejecuciones especiales se observará el procedimiento establecido para el juicio ejecutivo, co CPCCN Nacional

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