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Código Civil y Comercial Argentino

Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 530

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 529

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 526

Art. 526 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 526 La citación al demandado para que efectúe el reconocimiento de su firma se hará en la forma prescrip CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 527

Art. 527 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 527 Reconocida la firma del instrumento quedará preparada la acción ejecutiva, aunque se hubiese negado CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 524

Art. 524 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 524 Constituirá título ejecutivo el crédito por expensas comunes de edificios sujetos al régimen de prop CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 525

Art. 525 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 525 Podrá prepararse la acción ejecutiva, pidiendo previamente: 1 Que sean reconocidos los documentos qu CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 522

Art. 522 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 522 Si del título ejecutivo resultare una deuda de cantidad líquida y otra que fuese ilíquida, podrá pro CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 523

Art. 523 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 523 Los títulos que traen aparejada ejecución son los siguientes:_x000D_
_x000D_
1) El instrumento público presentad CPCCN Nacional

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