Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 528
Art. 528 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 528 Si el documento no fuere reconocido, el juez, a pedido del ejecutante, previo dictamen de UN (1) per CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 528
Art. 528 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 528 Si el documento no fuere reconocido, el juez, a pedido del ejecutante, previo dictamen de UN (1) per CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 529
Art. 529 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 529 Se producirá la caducidad de las medidas preparatorias del juicio ejecutivo, sin necesidad de declar CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 526
Art. 526 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 526 La citación al demandado para que efectúe el reconocimiento de su firma se hará en la forma prescrip CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 527
Art. 527 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 527 Reconocida la firma del instrumento quedará preparada la acción ejecutiva, aunque se hubiese negado CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 524
Art. 524 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 524 Constituirá título ejecutivo el crédito por expensas comunes de edificios sujetos al régimen de prop CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 525
Art. 525 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 525 Podrá prepararse la acción ejecutiva, pidiendo previamente: 1 Que sean reconocidos los documentos qu CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 523
Art. 523 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 523 Los títulos que traen aparejada ejecución son los siguientes:_x000D_
_x000D_
1) El instrumento público presentad CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 522
Art. 522 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 522 Si del título ejecutivo resultare una deuda de cantidad líquida y otra que fuese ilíquida, podrá pro CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 521
Art. 521 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 521 Si, en los casos en que por este Código, corresponde un proceso de ejecución, el actor optare por un CPCCN Nacional