Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 401
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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 402
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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 399
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ATRIBUCIONES DE LOS LETRADOS PATROCINANTES.- CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 400
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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 397
Art. 397 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 397 No será admisible el pedido de informes que manifiestamente tienda a sustituir o a ampliar otro medi CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 398
Art. 398 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 398 Las oficinas públicas y las entidades privadas deberán contestar el pedido de informes o remitir el CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 395
Art. 395 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 395 La redargución de falsedad de un instrumento público tramitará por incidente que deberá promoverse d CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 396
Art. 396 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 396 Los informes que se soliciten a las oficinas públicas, escribanos con registro y entidades privadas CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 394
Art. 394 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 394 A falta de documentos indubitados, o siendo ellos insuficientes, el juez podrá ordenar que la person CPCCN Nacional