Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 393
Art. 393 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 393 Si los interesados no se hubiesen puesto de acuerdo en la elección de documentos para la pericia, el CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 393
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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 392
Art. 392 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 392 A pedido de parte, el secretario certificará sobre el estado material del documento de cuya comproba CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 391
Art. 391 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 391 En los escritos a que se refiere el artículo 459 las partes indicarán los documentos que han de serv CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 389
Art. 389 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 389 Si el documento que deba reconocerse se encontrare en poder de tercero, se le intimará para que lo p CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 390
Art. 390 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 390 Si el requerido negare la firma que se le atribuye o manifestare no conocer la que se atribuya a otr CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 387
Art. 387 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 387 Las partes y los terceros en cuyo poder se encuentren documentos esenciales para la solución del lit CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 388
Art. 388 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 388 Si el documento se encontrare en poder de UNA (1) de las partes, se le intimará su presentación en e CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 385
Art. 385 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 385 Se desestimará el pedido de declaración de negligencia cuando la prueba se hubiere producido y agreg CPCCN Nacional
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 386
Art. 386 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 386 Salvo disposición legal en contrario, los jueces formarán su convicción respecto de la prueba, de co CPCCN Nacional