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Código Civil y Comercial Argentino

Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 243

Art. 243 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 243 El recurso de apelación será concedido libremente o en relación; y en uno u otro caso, en efecto sus CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 240

Art. 240 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 240 El juez dictará resolución, previo traslado al solicitante de la providencia recurrida, quien deberá CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 241

Art. 241 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 241 La resolución que recaiga hará ejecutoria, a menos que: 1 El recurso de reposición hubiere sido acom CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 242

Art. 242 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 242 El recurso de apelación, salvo disposición en contrario, procederá solamente respecto de:_x000D_
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1. Las CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 238

Art. 238 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 238 El recurso de reposición procederá únicamente contra las providencias simples, causen o no gravamen CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 239

Art. 239 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 239 El recurso se interpondrá y fundará por escrito dentro de los TRES (3) días siguientes al de la noti CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 237

Art. 237 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 237 Al disponer la medida, el juez ordenará que se entreguen a la persona a favor de quien ha sido orden CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 236

Art. 236 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 236 En los casos previstos en el artículo 234, la petición podrá ser deducida por cualquier persona, y f CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 235

Art. 235 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 235 La guarda será decretada por el juez del domicilio de la persona que haya de ser amparada, con inter CPCCN Nacional

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