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Código Civil y Comercial Argentino

Usufructo arts. 2129 a 2153

TITULO VIII Usufructo CAPITULO 1 Disposiciones generales ARTICULO 2129.- Concepto. Usufructo es el derecho real de usar, gozar y disponer jurídicamente de un bien ajeno, sin alterar su sustancia. Hay alteración de la sustancia, si es una cosa, cuando se modifica su materia, forma o destino, y si se trata de un derecho, cuando se […]

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