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Código Civil y Comercial Argentino

Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 179

Art. 179 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 179 Si el incidente promovido fuere manifiestamente improcedente, el juez deberá rechazarlo sin más trám CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 178

Art. 178 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 178 El escrito en que se planteare el incidente deberá ser fundado clara y concretamente en los hechos y CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 177

Art. 177 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 177 El incidente se formará con el escrito en que se promoviere y con copia de la resolución y de las de CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 176

Art. 176 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 176 Los incidentes no suspenderán la prosecución del proceso principal, a menos que este Código disponga CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 174

Art. 174 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 174 La nulidad de un acto no importará la de los anteriores ni la de los sucesivos que sean independient CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 175

Art. 175 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 175 Toda cuestión que tuviere relación con el objeto principal del pleito y no se hallare sometida a un CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 172

Art. 172 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 172 La nulidad podrá ser declarada a petición de parte o de oficio, siempre que el acto viciado no estuv CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 173

Art. 173 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 173 Se desestimará sin más trámite el pedido de nulidad si no se hubiesen cumplido los requisitos establ CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 171

Art. 171 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 171 La parte que hubiere dado lugar a la nulidad, no podrá pedir la invalidez del acto realizado._x000D_
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