Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 253
Código Procesal Civil y Comercial Nacional Artículo 253.
El recurso de apelación comprende el de nulidad por defectos de la sentencia.
Si el procedimiento estuviere ajustado a derecho y el tribunal de alzada declarare la nulidad de la sentencia por cualquier otra causa, resolverá también sobre el fondo del litigio.
CONSULTA.-
Nacional Artículo 253 CPCCN
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