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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 775

Art. 775 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 775 La resolución será apelable dentro de quinto día. El tribunal de alzada deberá pronunciarse, sin sus CPCCN Nacional

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Art. 774 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 774 El pedido de autorización para contraer matrimonio tramitará en juicio verbal, privado y meramente i CPCCN Nacional

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Art. 773 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 773 La pericia arbitral procederá en el caso del artículo 516 y cuando las leyes establezcan ese procedi CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 772

Art. 772 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 772 Los árbitros y amigables componedores se pronunciarán acerca de la imposición de las costas, en la f CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 771

Art. 771 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 771 El laudo de los amigables componedores no será recurrible, pero si se hubiese pronunciado fuera del CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 770

Art. 770 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 770 Si las partes no hubiesen fijado plazo, los amigables componedores deberán pronunciar el laudo dentr CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 769

Art. 769 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 769 Los amigables componedores procederán sin sujeción a formas legales, limitándose a recibir los antec CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 768

Art. 768 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 768 Los amigables componedores podrán ser recusados únicamente por causas posteriores al nombramiento._x000D_
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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 767

Art. 767 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 767 Se aplicará al juicio de amigables componedores lo prescripto para los árbitros respecto de:_x000D_
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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 766

Art. 766 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 766 Podrán someterse a la decisión de arbitradores o amigables componedores, las cuestiones que pueden s CPCCN Nacional

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