Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 265
Código Procesal Civil y Comercial Nacional Artículo 265.
El escrito de expresión de agravios deberá contener la crítica concreta y razonada de las partes del fallo que el apelante considere equivocadas. No bastará remitirse a presentaciones anteriores. De dicho escrito se dará traslado por DIEZ (10) o CINCO (5) días al apelado, según se trate de juicio ordinario o sumario.
DESERCION DEL RECURSO.-
Nacional Artículo 265 CPCCN
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