Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 490
Código Procesal Civil y Comercial Nacional Artículo 490.
NOTA DE REDACCION (DEROGADO POR LEY 25488)
NUMERO DE TESTIGOS.-
Nacional Artículo 490 CPCCN
Código Procesal Civil y Comercial Nacional Artículo 490.
NOTA DE REDACCION (DEROGADO POR LEY 25488)
NUMERO DE TESTIGOS.-
Nacional Artículo 490 CPCCN
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