Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 255
Código Procesal Civil y Comercial Nacional Artículo 255.
Regirán respecto de este recurso, las prescripciones de los artículos 249, 251, 252 y 253.
SECCION 4. Apelación extraordinaria ante la Corte Suprema
PROCEDENCIA.-
Nacional Artículo 255 CPCCN
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